Convocatoria de ayudas para el abandono de la actividad de transporte por carretera 2026

La Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible ha publicado el extracto de la Resolución por la que se convocan ayudas para el abandono de la actividad de transporte por carretera para el ejercicio 2026.

Bases y Requisitos para los Solicitantes

Para poder optar a estas ayudas, los transportistas autónomos deben cumplir los requisitos establecidos en las bases reguladoras de estas ayudas, recogidas en la Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre, modificada por la Orden FOM/2835/2012, de 17 de noviembre, y en la ORDEN FOM/64/2017, de 30 de enero. En esta ocasión, podrán acogerse a las ayudas aquellos transportistas que en el momento de presentar la solicitud cumplan los siguientes requisitos:

Edad y Situación:

  • Tener cumplidos 63 o más años. (No hay edad mínima en casos de incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez).
  • Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social de forma ininterrumpida durante los últimos 10 años (se permiten interrupciones menores de 3 meses).

Autorizaciones:

  • Ser titular, de forma ininterrumpida durante los últimos 10 años, de un máximo de tres copias de autorizaciones de transporte público de mercancías o de viajeros.
  • Se permiten interrupciones en la titularidad no superiores a tres meses.

Compromiso:

  • Aceptar el compromiso de abandonar la actividad de transporte por carretera de forma definitiva y renunciar a todas sus autorizaciones.

Cuantías y Presupuesto

El presupuesto total asignado a esta convocatoria es de 9.750.000 €. La distribución se realiza de la siguiente manera:

ConceptoImporte
Por autorización30.000 €
Por edad (si es menor de 65 años)5.300 € por cada semestre completo que le falte para cumplir 65.
Por Incapacidad Permanente30.000 € (fijo, sin suplemento por edad).

Criterios de Otorgamiento y Proceso de Solicitud

Criterios de Selección:

Dada la limitación presupuestaria, las solicitudes se ordenarán por prioridad social:

  1. Incapacidad Permanente: Primero se atenderá a quienes sufran incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez.
  2. Edad: El resto de beneficiarios se ordenará de mayor a menor edad.

Importante: En años anteriores, el agotamiento de fondos ha dejado fuera a solicitantes menores de 64-65 años.

Cómo Solicitarla:

El proceso es exclusivamente telemático.

  • Plazo: Un mes a partir del día siguiente a la publicación en el BOE (hasta el 13 de abril de 2026, inclusive).
  • Trámite: Se realiza a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. Es obligatorio el uso de certificado digital o DNI electrónico.

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