Cap Formación Continua

Certificado de aptitud profesional – CAP formación continua 
El Real decreto 1032/2007 por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, establece que los conductores que posean los permisos de conducir de las clases C1, C1+E, C y C+E, que hayan sido obtenidos con fecha anterior al 11 de septiembre del año 2009, deberán obtener el primer CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL (CAP) acreditativo de haber superado un curso completo de FORMACIÓN CONTINUA.
DURACIÓN
– Curso CAP Formación Continua : 35 h