CETM solicitará la devolución de ingresos indebidos por la incorrecta cotización de los conductores

Según informa CETM, las empresas de transporte de mercancías han podido estar cotizando en exceso hasta el 31 de diciembre de 2015, en concepto de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (AT y EP) por sus conductores de vehículos de más de 3,5 Tm de carga útil.

Las empresas de transporte de mercancías han estado cotizando por sus conductores, por el tipo correspondiente a la letra f) del Cuadro II de la Tarifa de Primas para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales (un 6,70%), según la CONFEDERACION ESPAÑOLA DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS han cotizado en exceso, pues deberían haber cotizado al tipo previsto para el CNAE de su actividad (normalmente, CNAE 494, un 3,70%).

Se estima que siguiendo el criterio de cotización según CNAE (frente al criterio de cotización según el código de ocupación tal y como se ha venido realizando), el diferencial de cotización a favor de la empresa, para un trabajador con una base de cotización de 1.600 € mensuales sería de 48 €/mes** lo que supone una cuantía a reclamar, en este caso, de 2.304 € por conductor para el período de los cuatro años no prescritos.

Por ello, desde la CETM se entiende que se puede solicitar la devolución de los ingresos indebidos por este concepto en los últimos cuatro años (lo anterior ha prescrito), para lo que la Confederación se pone a disposición de todos sus asociados para tramitar las correspondientes solicitudes de devolución.

A tal efecto, la CETM ha llegado a un acuerdo de colaboración con el despacho PEREIRA MENAUT, ABOGADOS, asesores laborales de la Confederación, para que, por unos honorarios moderados, se encarguen del asesoramiento jurídico y tramitación de los posibles recursos administrativos y judiciales a los que haya lugar.

* Cuatro años es el plazo de prescripción en materia de cotización, por lo que hasta el 30 en enero de 2016, último día hábil del mes, se puede solicitar la devolución de los ingresos indebidos desde diciembre de 2011 a noviembre 2015, en febrero de 2016 se puede solicitar desde enero 2012 a diciembre de 2015.

** La devolución de ingresos indebidos, además de la cuantía principal conllevaría el abono de los intereses legales que correspondan.

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