Primera sentencia en España por el cártel de los camiones
El juzgado de mercantil nº 1 de Murcia ha condenado a Volvo Group España a pagar a una empresa de transporte 128.757 euros más los intereses de demora por el sobreprecio pagado en la compra de cinco camiones en octubre del 2012.
Volvo ha sido condenado, en realidad, por la acción de Renault Trucks España, que fue absorbida por la primera con posterioridad a la transacción. En julio del 2016, la Comisión Europea condenó a Renault, Volvo, Daimler, DAF, Iveco y MAN por intercambiar información sensible y concertar los precios brutos de los camiones de tonelaje medio y alto durante catorce años, de 1997 al 2011. La sanción impuesta, casi 3.000 millones de euros, fue la más alta de la historia en materia de competencia.
Tras conocerse la decisión de Bruselas, en toda Europa se han presentado miles de demandas reclamando a los fabricantes condenados una indemnización por daños y perjuicios. La de Murcia es la primera sentencia que se conoce en España. En su pronunciamiento, contra el que cabe recurso, la jueza María Dolores de las Heras resuelve en primer lugar uno de los puntos controvertidos: el de la legitimación pasiva, es decir, si las filiales de los fabricantes de camiones son responsables de los actos de sus matrices. Y lo hace afirmativamente.
A continuación, aborda la cuestión del resarcimiento por daños y perjuicios derivados de la infracción y concluye que es procedente porque así lo reconoce la propia Comisión Europea en su decisión sobre el cártel. Una vez establecido lo anterior, la jueza examina la cuestión del sobreprecio por la colusión de precios. Y ahí, partiendo de la base del informe pericial del demandante –una media del 20,7% de incremento de lo pagado en daños y perjuicios en 129 cárteles en Europa, como establece también la firma Consultores Técnicos– la jueza condena a Volvo a pagar los citados 128.757 euros más intereses.
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