Publicado el nuevo Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres

A pesar de todo lo que se ha dilatado en el tiempo el proceso de tramitación, las prisas han dominado los últimos días previos a su aprobación por el Gobierno, finalmente se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado,  en el día de hoy,  el Real Decreto 70/2019 de 15 de febrero,  que aprueba la modificación del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT).

Las novedades más importantes que se introducen en el nuevo Reglamento son las siguientes:

  • Acceso a una autorización de transporte de mercancías de servicio público con un único vehículo de más de 3,5 toneladas de MMA con menos de cinco meses de antigüedad.
  • Las autorizaciones de servicio público que amparen vehículos de transporte de mercancías que tengan una MMA autorizada superior a 3,5 toneladas de MMA, pero con su capacidad de carga limitada a 3.500 kilos, se convierten automáticamente en autorizaciones de pesado.
  • La pérdida de la honorabilidad, y la consecuente suspensión de la autorización de transporte durante un año, directamente por la comisión de determinadas infracciones muy graves o indirectamente, por la acumulación de infracciones de otras infracciones muy graves y graves, que se van a registrar en el nuevo Índice de reiteración infractora (IRI).
  • Cambia el baremo sancionador: se endurecen las multas por exceso de peso y se sanciona la realización del descanso semanal normal utilizando la cabina del vehículo.
  • Se articula la figura del gestor de transporte, el actual capacitado, que debe tener una vinculación real y efectiva con la empresa. Se definen sus responsabilidades.
  • Nuevo examen de capacitación a partir del 1 de julio de 2020; hasta esa fecha se mantiene el formato actual, pero solo se pueden presentar al examen aspirantes con un nivel mínimo de estudios: bachillerato o FP equivalente.
  • La tarjeta de transporte deja paso a una autorización digital y el visado lo realiza de oficio la administración de forma electrónica, sin que haya que presentar documentación.
  • Se modifica el Comité Nacional del Transporte.
  • Cambia el contenido obligatorio del Documento de control.
  • CAP: se puede hacer el curso 12 meses antes sin perder “antigüedad” en la fecha de caducidad de la tarjeta.

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