El Congreso rebaja las sanciones de la Ley de Morosidad del Transporte

TRANSPORTE PROFESIONAL. El 9 de junio se ha alcanzado el pacto en el Congreso de los Diputados entre los diferentes grupos parlamentarios por el que introducen una enmienda transaccional al texto del proyecto de ley presentado en su día por el Gobierno, que ha rebajado de forma sustancial el importe de las multas recogidas en el proyecto de ley de establecimiento de un régimen sancionador de lucha contra la morosidad en el transporte por carretera, que fue remitido en su día por el Gobierno a las Cortes Generales sobre la base del texto consensuado con las asociaciones del transporte por carretera.

El objetivo que persigue el transporte por carretera con la aprobación de esta Ley no es inundar de multas por el incumplimiento de los plazos máximos legales de pago, sino que por su importe tenga el carácter disuasorio necesario que desincentive de forma efectiva a los intermediarios y cargadores de transporte cometer estas malas prácticas. Según los datos obtenidos por el Observatorio de la Morosidad que cada mes elabora la Fundación Quijote para el Transporte, se pone en evidencia que en torno a dos terceras partes de los clientes de los transportistas incumplen de forma reiterada la ley de morosidad, habiéndose acentuado dicha situación durante la pandemia, como lo demuestra el hecho de que el plazo medio de pago en 2020 se situó en más de 80 días de media. 

Sin embargo, durante la ponencia de tramitación del proyecto de ley en la Comisión de Transportes del Congreso de los Diputados, sobre la base de las enmiendas presentadas en su día por PP y PDCat, han servido de fundamento para que se haya alcanzado un acuerdo de los diferentes grupos parlamentarios (incluidos el PSOE y Podemos que sustentan al Gobierno) para rebajar tanto la graduación de las sanciones como el importe de las multas que recogía el proyecto inicial, obviando el acuerdo suscrito en su día entre el Gobierno y las asociaciones de transportistas.

 Multas por morosidad reducidas

 A diferencia del texto original que preveía un único tipo infractor y, en consecuencia, una única sanción muy grave, la enmienda aprobada prevé dos tipos sancionadores distintos en función el precio del transporte facturado, de tal modo que cuando no supere el importe de 3.000 euros, la infracción no se considerará muy grave, reduciendo la cuantía de la multa, en algunos casos, a más de la mitad de la cuantía propuesta.

En todo caso, el transporte por carretera es pionero en contar con un régimen sancionador de lucha contra la morosidad que es practicada por parte de las grandes empresas, que imponen condiciones abusivas a sus proveedores, basando su rentabilidad no en su actividad productiva, sino en la actividad financiera que generan a costa de los autónomos y pymes que trabajan para estos grupos empresariales

Una vez aprobado el texto legal con las enmiendas introducidas en la Comisión de Transportes del Congreso, al tener competencia legislativa plena, el proyecto de ley pasa directamente al Senado para su tramitación y aprobación final, por lo que se espera que la nueva Ley sea una realidad en las próximas semanas.