Ayudas del Gobierno de Cantabria para la digitalización de PYMES y autónomos transportistas

El Boletín Oficial de Cantabria del 24 de marzo de 2023, publica la Orden IND/19/2023 de la Consejería de Industria, Turismo, Innovación, Transporte y  Comercio por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la modernización y digitalización de empresas de transporte de mercancías y viajeros por carretera.

Estas ayudas se enmarcan dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo y tienen como objetivo la modernización de estas empresas y contribuir así a una mejora en la calidad del transporte.

Categorías de modernización subvencionables

Las empresas de transporte podrán solicitar las ayudas para un máximo de dos de las nueve categorías de soluciones de modernización subvencionables:

  • Categoría 1: Gestión de documentos de control electrónicos.
  • Categoría 2: Sistema de tacógrafo inteligente de segunda generación.
  • Categoría 3: Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión.
  • Categoría 4: Implantación de sistemas de planificación de recursos empresariales (TMS/ERP).
  • Categoría 5: Implantación de sistemas de ayuda a la explotación (SAE).
  • Categoría 6: Actualización de sistemas de ayuda a la explotación (SAE).
  • Categoría 7: Ayudas a los servicios de transporte de viajeros.
  • Categoría 8: Implantación de aplicaciones para reclamaciones por medios electrónicos.
  • Categoría 9: Mejora de sistemas de ticketing.

LISTADO DE PROVEEDORES DE SOLUCIONES DE MODERNIZACIÓN

Plazo hasta el 30 de junio de 2024

La convocatoria se encuentra en vigor desde el día siguiente de la publicación en el BOC  y el plazo para solicitar las ayudas finalizará el próximo 30 de junio de 2024.

Los destinatarios últimos adjudicatarios recibirán un «cheque moderniza», que deberán emplear en la contratación de las Soluciones de Modernización para las cuales se le ha concedido la subvención.

Tras la prestación de la solución de modernización, el Proveedor, en nombre del destinatario último, deberá presentar la justificación de las acciones realizadas.

Cada beneficiario podrá elegir hasta un máximo de dos soluciones de modernización de entre las establecidas como elegibles para su tamaño y tipo de actividad.

Hasta 13.000 euros por categoría transporte

La ayuda máxima que se puede solicitar por empresa es de 12.000 euros, en el caso de la sustitución de tacógrafos digitales o la implantación de sistemas SAE, que pueden llegar hasta los 13.000 en el caso del transporte de viajeros.

La cuantía de las ayudas dependerá del tipo de actuación subvencionable. Las solicitudes serán atendidas por orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos.

La selección de beneficiarios se realizará por orden de presentación de las solicitudes hasta agotar el presupuesto asignado, que asciende a un total de 1.356.877 euros.

Beneficiarios de la ayudas.

Podrán ser beneficiarias de las ayudas conforme al artículo 14 del Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, tanto las personas jurídicas privadas que se incluyan en la definición de pyme de acuerdo con lo establecido en el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, como las personas físicas, siempre que tengan su residencia fiscal en España, cuando, en ambos casos, cumplan alguna de las siguientes condiciones:

a) Sean titulares de alguna de las siguientes autorizaciones en vigor a la fecha de solicitud de las ayudas:

1.º Una autorización de transporte público de mercancías habilitante para hacer trans­porte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima, identificada con la clave MDPE.

2.º Una autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, identi­ficada con la clave VDE.

3.º Una autorización de transporte público de mercancías, habilitante para hacer trans­porte con vehículos de hasta 3,5 tn de masa máxima, identificada con la clave MDLE.

4.º Una autorización de operador de transporte habilitante para intermediar en la con­tratación de transportes públicos de mercancías, identificadas registralmente con la clave OT.

b) A la fecha de solicitud de la ayuda, presten servicio público de transporte urbano en autobús y estuvieran exentas de la obtención de alguna de las autorizaciones incluidas en la letra a) del presente apartado.

c) Intervengan en el proceso de transporte de mercancías como cargador/descargador o expedidor/receptor, tal y como se refleja en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres en el documento de control y en el ADR.

Presentación de solicitudes.

Se presentará a través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comu­nidad Autónoma de Cantabria en la dirección electrónica https://sede.cantabria.es/  El certi­ficado electrónico con el que se firma la documentación presentada deberá corresponder a la persona que ostente la representación legal de la empresa solicitante.

2. El modelo de solicitud y el resto de modelos complementarios, que figuran como anexos en esta orden, se encontrarán disponibles en el Portal Institucional del Gobierno de Cantabria (https://www.cantabria.es), en su apartado «Atención a la Ciudadanía 012», «Ayudas y Sub­venciones», en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria (http://sede.cantabria.es)