Abierto el primer tramo de la línea de reavales ICO para tarjetas de combustible en el transporte de mercancías

La medida, recogida en el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, busca garantizar el acceso al combustible y mitigar el impacto del alza de precios para autónomos y pymes del sector.
 
Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la Resolución de 17 de abril de 2026, que establece los términos y condiciones del primer tramo de la línea de reavales por cuenta del Estado para el sector del transporte de mercancías por carretera.
 
Esta iniciativa, regulada por el Real Decreto-ley 7/2026, crea una línea de reavales sobre avales bancarios concedidos a autónomos y pequeñas y medianas empresas (pymes) del sector. El objetivo principal es cubrir el consumo de las tarjetas de crédito de combustible, cruciales para el desarrollo de la actividad de transporte.
 
Puntos clave de la medida:
 
Importe: El Real Decreto-ley contempla un importe máximo de 2.000 millones de euros para esta línea de reavales, que se gestionará a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO).
Finalidad: Facilitar que las empresas y autónomos puedan seguir accediendo al combustible necesario para su actividad mediante tarjetas de crédito emitidas por suministradoras, las cuales requieren un aval bancario para su concesión.
Objetivos específicos:
Garantizar que el importe avalado sea suficiente para cubrir el alza de los precios del combustible.
Permitir la renovación de los avales que venzan.
Plazos: Las entidades financieras elegibles podrán solicitar el reaval desde el día siguiente a la firma de su contrato de adhesión con el ICO y hasta el 30 de junio de 2026.
Elegibilidad: Tanto las entidades financieras como los autónomos y pymes cubiertos deben reunir las condiciones especificadas en la Resolución.
 
Desde AETRAC se recomienda a las empresas interesadas ponerse en contacto con la entidad financiera donde tengan formalizados los avales para sus tarjetas de combustible.
 
Para más detalles, puede consultar el contenido completo de la Resolución en el siguiente enlace al BOE: https://www.boe.es/boe/dias/2026/04/21/pdfs/BOE-A-2026-8788.pdf