Nuevo marco de ayudas extraordinarias al transporte de mercancías (4º Trimestre 2026)

El Real Decreto-Ley 25/2026 establece un conjunto de ayudas temporales dirigidas al sector del transporte de mercancías por carretera durante el último trimestre del año. Estas subvenciones se articulan mediante un mecanismo dual que combina reducciones en el Impuesto sobre Hidrocarburos y compensaciones económicas directas gestionadas a través de la plataforma de gasóleo profesional, además de indemnizaciones fijas por vehículo para flotas no adscritas a dicho régimen.

⚙️ Funcionamiento del Mecanismo Dual (Gasóleo Profesional) Rebaja directa del Impuesto sobre Hidrocarburos (IH): Se aplica automáticamente en las estaciones de servicio al repostar.
Ayuda directa por litro consumido:
Se gestiona y liquida periódicamente a través de la herramienta de gasóleo profesional (GP).

Puntos Clave del Esquema de Compensación

Devolución ordinaria a 0 € vs. ayuda por litro: La devolución tradicional del gasóleo profesional queda fijada temporalmente en 0 € para octubre y noviembre. No obstante, las ayudas adicionales por litro sí se abonan mediante la plataforma de GP, con importes que oscilan entre 0,05 €/l (5 ct/l) y 0,19 €/l (19 ct/l).
Evolución de los importes e impacto del IPC (Total acumulado: 0,201 €/l):
El sumatorio total acumulado entre la reducción del impuesto y la ayuda directa al GP se fija en 0,201 €/l, repartiéndose mes a mes en función del IPC y del nivel del IH:

Octubre: Rebaja fiscal del IH de 0,151 €/l + Ayuda directa GP de 0,050 €/l = 0,201 €/l.

Noviembre: En escenario normal, la rebaja del IH baja a 0,081 €/l y la ayuda directa GP sube a 0,120 €/l (0,201 €/l); en caso de activarse la salvaguarda por IPC superior al 15%, se mantiene la distribución de octubre.

Diciembre: En escenario normal, la rebaja del IH es de 0,011 €/l y la ayuda directa GP alcanza su máximo de 0,190 €/l (0,201 €/l), ajustándose si operan las cláusulas de salvaguarda de inflación.
Régimen para no beneficiarios del gasóleo profesional:
Las empresas dedicadas al transporte de mercancías por carretera (Grupo 722 del IAE) cuyos vehículos no estén adscritos a la herramienta de GP perciben ayudas fijas por vehículo: 1.800 € para camiones pesados a gas o matriculados en Canarias, Ceuta y Melilla. 399 € para camiones de < 7,5 t de MMA. 180 € para furgonetas y vehículos ligeros.

🗓️ Plazo para solicitar estas ayudas directas por vehículo: del 1 de noviembre al 31 de diciembre de 2026.
📋 Obligaciones y Marco Normativo Adicional El marco normativo también incluye modificaciones en materia de eficiencia energética, obligaciones relativas a planes de movilidad sostenible para grandes centros de trabajo y el mantenimiento de la prohibición de despidos vinculados a la crisis actual.