La DGT recuerda que es obligatorio inscribirse en la “DIRECCION ELECTRONICA VIAL (DEV)”

La Dirección General de Tráfico está remitiendo a todas las empresas una carta informando de la obligatoriedad de inscribirse en la llamada Dirección Electrónica Vial (DEV).

Qué es la Dirección Electrónica Vial
La Dirección Electrónica Vial (DEV) es un sistema de notificación electrónica utilizado por las Administraciones con competencia en materia de tráfico, que también se utiliza para avisos e incidencias relacionados con los permisos de circulación de los vehículos. De esta manera, se sustituyen las notificaciones tradicionales en papel por notificaciones vía internet.

La DEV se regula en el artículo 59.bis del Texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y se introdujo con la reforma de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre.

La Ley de Seguridad Vial establece que la Dirección Electrónica Vial es voluntaria para las personas físicas y obligatoria para las personas jurídicas. A pesar de ello, la DGT no había podido exigir hasta ahora la obligatoriedad de la DEV por no disponer de un Registro de Apoderamientos que facilitara la actuación por parte de terceros autorizados.

El Registro de Apoderamientos
Aunque muchas empresas gestionan directamente los trámites de tráfico, incluyendo las notificaciones derivadas de procedimientos sancionadores, otras encargan la gestión de los trámites e incidencias de sus flotas a terceros (representantes). El Registro de Apoderamientos mencionado tiene como objeto precisamente mejorar la actividad de representación, en especial en lo que se refiere a la tramitación telemática.

En el ámbito de las notificaciones electrónicas, por ejemplo, el registro permite que una notificación sea recibida directamente por la propia empresa, o a través del representante que haya designado para este fin.
El proceso de obligatoriedad de la DEV para las personas jurídicas.
A partir del 1 de julio de 2016 la Dirección General de Tráfico asignará de forma obligatoria una Dirección Electrónica Vial a todas las personas jurídicas que soliciten matricular o cambiar la titularidad de un vehículo, dando así cumplimiento efectivo a lo dispuesto en el artículo 59.bis de la citada Ley de Seguridad Vial, y en la disposición adicional segunda de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre. Dado que su empresa es titular de varios vehículos dados de alta en el Registro de Vehículos, le recomiendo darse de alta en la DEV antes del plazo previsto, evitando de esta manera problemas que puedan presentarse después de la citada fecha en caso de que tenga que modificar el régimen de titularidad de alguno de los vehículos de la empresa o sociedad que representa.

En la página web de la DGT, www.dgt.es sede electrónica, y en el teléfono 060, puede obtener más información sobre la DEV y sobre el registro de apoderamientos.

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