El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ordena la devolución de ingresos indebidos por la cotización de los conductores
En una reciente Sentencia el TSJ de Cantabria se estima el recurso presentado por la empresa de transportes contra una resolución de la Tesorería de la Seguridad Social de Cantabria que denegaba la devolución de ingresos indebidos por la cotización de sus conductores.
Se consideran validos los criterios de la empresa, respecto de que debía haber cotizado por sus conductores en materia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales por el CNAE de la actividad, un 3,70%, en vez de por la ocupación f), un 6,70%.
La sentencia condena a la Tesorería General de la Seguridad Social a abonar a la empresa transportista lo cotizado de más por sus conductores en materia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales más los intereses legales correspondientes, así como al pago de las costas del procedimiento.
Esta es la primera Sentencia estimatoria de un Tribunal Superior de Justicia que acoge la argumentación jurídica esgrimida por el sector del transporte y cuyo contenido focalizó la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) en enero de 2016.
CETM confía en que se generalice este criterio, al entender que se ha producido un enriquecimiento injusto por parte de la Seguridad Social en perjuicio de los empresarios de transporte de mercancías por carretera de nuestro país.
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