Convenio Colectivo de Trabajo de las Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera de Cantabria 2025-2027

Este convenio regula las condiciones laborales y económicas para el sector en Cantabria durante el periodo 2025-2027, incluyendo mejoras salariales, dietas y pluses específicos según el puesto y las circunstancias de trabajo. Texto del Convenio

Firma y ámbito

  • El convenio ha sido firmado entre la representación empresarial (AETRAC) y la representación social (CC.OO. y UGT) para el sector del transporte de mercancías por carretera en Cantabria.
  • Vigencia: 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2027.

Principales novedades

Duración

  • Vigencia de tres años: 2025, 2026 y 2027.

Retribuciones

  • 2025: Incremento salarial del 3,5%.
  • 2026 y 2027: Incremento según el IPC anual más un 0,3% adicional.

Dietas

  • Dieta nacional: 53 € (2025), 55 € (2026), 57 € (2027).
  • Dieta internacional: 57 € (2025), 59 € (2026), 61 € (2027).

Plus de productividad (kilometraje)

  • A partir de 5.000 km mensuales:
    • 2025: 0,06 €/km.
    • 2026: 0,061 €/km.
    • 2027: 0,062 €/km.

Plus de distancia

  • Si el trabajador es trasladado a otro municipio:
    • Se abonan los gastos de mudanza si cambia de domicilio.
    • Si usa transporte público, se cubre el coste o se facilita el billete.
    • Si usa vehículo propio, se acuerda una compensación con la empresa.

Complementos de puesto de trabajo

  • Plus de toxicidad: 5% diario sobre el salario base para personal en ambientes insalubres o tóxicos (excepto quienes ya perciban plus de peligrosidad).
  • Plus de penosidad: 20% por hora para trabajo en cámaras frigoríficas de temperatura negativa.
  • Plus de turnicidad: 2% mensual sobre el salario base para quienes trabajen por turnos.

Trabajo en domingos o festivos

  • Jornada completa: 48 €.
  • Media jornada: 24 €.

Reconocimientos médicos

  • Obligatoriedad para conductores y personal que maneje carretillas elevadoras.

Condiciones contractuales

  • Periodo de prueba: máximo 6 meses para técnicos titulados, 3 meses para el resto.
  • Extinción del contrato por dimisión: preaviso mínimo de 15 días.